¿Sabías esto del cambio de régimen aduanero?
El régimen aduanero es el estatus que guarda la mercancía en territorio nacional ante la aduana, declarado por el importador o exportador y son seis tipos: (art. 90 LA)
- Definitivo.
- Temporales.
- Depósito Fiscal.
- Tránsito de mercancías.
- Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
- Recinto fiscalizado estratégico.
Cabe mencionar, que cada régimen aduanero está sujeto al cumplimiento del marco regulatorio que le corresponde, a fin de evitar infracciones y sanciones.
Consideraciones y características de los cambios de régimen
Ahora bien, enfocándonos en las particularidades que se deben tomar en consideración para instruir un cambio de régimen (pedimentos con clave F4 o F5), se debe revisar el contexto de la operación, como a continuación se comenta:
- El cambio de régimen aplica para aquellas mercancías importadas al amparo de un régimen aduanero Temporal de Importación y destinada para la elaboración, transformación o reparación, siempre y cuando, los plazos de permanencia autorizados no estén vencidos.
- Identificar el tipo de mercancía a la cual se pretende cambiar de régimen, si se trata de materia prima, accesorios incorporados en la línea productiva, accesorios de un activo fijo, maquinaria y equipo, etc.
- Cumplir con las restricciones o regulaciones no arancelarias (RRNA), que indique la fracción arancelaria vigentes a la fecha de la presentación del pedimento para el cambio de régimen.
- Pago de las contribuciones actualizadas y cuotas compensatorias en caso de aplicar.
- Conocer el destino final en territorio nacional, que se dará a la mercancía que se pretende regularizar, los cuáles podrían ser:
- Permanencia definitiva en territorio nacional.
- Para material declarado como desperdicio aún y cuando, se cumpla con las formalidades requeridas por la autoridad para la destrucción y, se presuma el supuesto de enajenación por parte del importador.
- Regularización de material de desperdicio, como resultado del proceso de descargo del Anexo 24.
Las buenas prácticas para instruir los cambios de régimen que recomendamos son:
- Contar con el expediente electrónico, completo de la operación.
- Prontitud en la ejecución de los cambios de régimen para evitar:
– Gastos adicionales por actualizaciones de contribucione
– Vencimientos de plazos de estancia autorizados, bajo el régimen temporal - Confiabilidad de la información declarada en pedimento.
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